2005- Procesos de consultas comunitarias
Entre 2005 y 2016, aproximadamente 80 consultas comunitarias, también conocidas como consultas populares, se llevaron a cabo en toda Guatemala, lo que tuvo como resultado que una gran mayoría de ciudadanos votaran en contra de la minería y otras actividades comerciales en sus territorios (Ardon, 2016). El “movimiento de consulta” en Guatemala comenzó en 2005 como respuesta a un proyecto hidroeléctrico en Río Hondo, Zacapa, y fue rápidamente adoptado por las comunidades afectadas por la Mina Marlin (Laplante & Nolin, 2014). Las comunidades recurrieron al proceso de consulta como un mecanismo democrático y pacífico para participar en la toma de decisiones relacionadas con los proyectos que afectan a sus comunidades (Guatemala Communitaria, 2016). El proceso se basa en leyes nacionales, como el Código Municipal de Guatemala, y las derechos de consulta y participación consagrados en instrumentos internacionales, como el Convenio núm. 169 de la Organización International del Trabajo (OIT) sobre pueblos indígenas y tribales en países independientes, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas (ibid). En particular, el Convenio 169 de la OIT requiere que los estados contratantes (incluida Guatemala) obtengan el consentimiento libre, previo e informado (CLPI) de las comunidades indígenas afectadas antes de avanzar con actividades comerciales en sus territorios o que impacten en ellos, y que el proceso para obtener dicho consentimiento debe seguir el derecho y las prácticas consuetudinarios de las propias comunidades indígenas (Walter y Urkidi, 2016).
En algunos casos, por ejemplo, las consultas relacionadas con los proyectos de la mina Marlin y Escobal, el proceso también se rige por el Derecho indígena y las estructuras de gobernanza comunitaria, y ha sido descrito como “democracia directa indígena” (Abbott, 2014). Según el profesor Shin Imai, “[desde la perspectiva indígena, la autoridad y jurisdicción para actuar no surge de la legislación guatemalteca. La autoridad surge de los derechos inherentes a ser un pueblo indígena” (Imai et al, 2007; 117). Algunos informes indican que el gobierno guatemalteco ha “hecho pocos esfuerzos para escuchar las preocupaciones y decisiones de la comunidad” expresadas a través del proceso de consulta y, en algunos casos, ha tomado “medidas para limitar el derecho de consulta” (Abott, 2014). Si bien se deben tomar en cuenta los resultados de los procesos de consulta comunitaria, la Corte de Constitucionalidad dictaminó en 2016 que las consultas populares no son vinculantes para el gobierno ni otorgan poder de veto a las comunidades afectadas (Corte de Constitutionalidad, 2016). No obstante, las organizaciones indígenas y otras organizaciones comunitarias tienen y continúan dependiendo de los derechos de consulta y participación legalmente reconocidos para cuestionar la validez de las licencias mineras en todo el país.
Cabe destacar que en abril de 2018, la Comisión de Trabajo del Congreso de Guatemala anunció que comenzaría a analizar un anteproyecto de ley sobre los procedimientos propuestos para la consulta con los pueblos indígenas. El mismo mes, el Consejo de Organizaciones Mayas de los Pueblos de Occidente (CPO) anunció que había iniciado una acción ante la Corte de Constitucionalidad impugnando este proyecto de ley por, entre otras cosas, violar los derechos indígenas a la consulta y la autodeterminación. El grupo cuestiona si es necesaria una ley formal que regule los procesos de consulta indígena, señalando que existen más de 30 decisiones de la Corte de Constitucionalidad que establecen que la inexistencia de este tipo de leyes no es un obstáculo para el cumplimiento del derecho a la consulta por parte del Estado.
Con respecto al proyecto Escobal, para mayo de 2017, seis de los municipios más cercanos al proyecto habían realizado consultas comunitarias, y la mayoría de los votantes se oponían a la mina. Estos municipios son Nueva Santa Rosa, Santa Rosa de Lima, Casillas, Mataquescuintla, San Carlos Alzatate y Jalapa (JCAP, 2017). Según una denuncia presentada por el Proyecto de Justicia y Responsabilidad Corporativa (JCAP) ante la Comisión de Valores de Columbia Británica, “otros [d]os plebiscitos [consultas comunitarias] en municipios fuera del área inmediata de las concesiones pendientes [también] resultaron en votaciones contra la mina “(Ibid). La JCAP señaló además que, si bien “Tahoe y sus partidarios entablaron al menos cuatro casos judiciales para intentar detener e invalidar estos votos oficiales”, el derecho de las comunidades a realizar estas consultas fue ratificado por la Corte de Constitucionalidad (JCAP). (Ver Acción Legal, “2013-2019 Quejas ante los reguladores de valores de Canadá“, para obtener más información sobre la queja de JCAP).
Cabe señalar también que, en septiembre de 2018, la Corte de Constitucionalidad consideró el alcance general de los derechos de consulta de los pueblos indígenas en un caso relacionado con la suspensión de licencias mineras para el proyecto Escobal. En su decisión, la corte parece confirmar el rango constitucional de este derecho, junto con su reconocimiento en el Derecho Internacional; sin embargo, el fallo también enfatizó que el derecho a ser consultado no crea derechos de veto. La naturaleza del derecho es consultivo, no vinculante. Según la corte, su objetivo principal es asegurar el involucramiento, la participación y la información de las comunidades afectadas a través de métodos administrativos o de otro tipo (Corte de Constitucionalidad, 2018, págs. 145-148, 153) (Ver la Acción Legal, “2017 Suspensión judicial de las licencias mineras de Tahoe“, para obtener más detalles).
CIEL, “La Corte Suprema de Guatemala resuelve sobre un recurso indígena paradgimático contra la Ley de Minería”, 20 de Julio de 2012, en línea: https://www.ciel.org/news/guatemalas-highest-court-to-hear-landmark-indigenous-challenge-of-mining-law-2/, consultado el 8 de octubre 2021
Corte de Constitucionalidad, 12 de enero de 2016, Expedientes 5705-2013 and 5713-2013, en línea: https://tbinternet.ohchr.org/Treaties/CERD/Shared%20Documents/GTM/INT_CERD_ADR_GTM_29804_S.pdf, consultado 8 de octubre de 2021
Curtis Kline, “Indígenas guatemaltecos rechazan la moratoria minera y exigen una consulta comunitaria auténtica”, 19 de julio de 2013, en línea: https://intercontinentalcry.org/indigenous-guatemalans-reject-mining-moratorium-want-genuine-community-consultation/, consultado 8 de octubre de 2021
Guatemala Comunitaria, “Santa Eulalia – ‘El Memorial de los Pueblos, no somos criminales somos defensores de los ríos y las montañas’”, abril 2016, en línea: https://www.escr-net.org/es/peticiones/2016/guatemala-no-somos-criminales-somos-defensores-derechos-rios-y-montanas, consultado 8 de octubre de 2021
Herbert Ardon, Eng., Mariano Galvez, Universidad de Guatemala, “Explotación Minera, Cerro Blanco, Jutiapa”, 4 de agosto de 2017, en línea: https://www.slideshare.net/MarySalvador0030/explotacion-minera-cerro-blanco-jutiapa, consultado 8 de octubre de 2021
Imai, S., Mehranvar L. and Sander J., “Sobre los incumplimientos del Derecho Indígena: la minería canadiense en Guatemala”, 2007, Revista de Derecho Indígena 6
Jeff Abbott, “La democracia directa indígena impugna los intereses mineros en Guatemala”, 17 de diciembre de 2014, en línea: https://www.twn.my/title2/resurgence/2014/292/human1.htm, consultado 8 de octubre de 2021
Proyecto Justicia y Responsabilidad Corporativa (JCAP), Solicitud para investigar la divulgación de información material por parte de Tahoe Resources (Comisión de Valores de Columbia Británica), 8 de mayo de 2017, en línea: https://miningwatch.ca/sites/default/files/final_bcsc_disclosure_complaint_re_tahoe_-_may_15_2017.pdf, consultado 8 de octubre de 2021
Mariana Walter and Leire Urkidi, “Consultas comunitarias: respuestas locales frente a la minería a gran escala en América Latina” en Gobernanza Ambiental en América Latina, Fábio de Castro et al. (eds) (London: Palgrave Macmillan, 2016), pp. 287-325.
NISGUA, “Organizaciones indígenas guatemaltecas presentan una denuncia contra la Ley de Minería ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos”, 3 de septiembre de 2013, en línea: https://nisgua.org/guatemalan-indigenous-organizations-file-complaint-over-mining-law-with-inter-american-commission-on-human-rights/, consultado 8 de octubre de 2021
NISGUA, “Más del 99% de los participantes en la consulta municipal de Quesada se oponen a la minería”, 11 de mayo de 2016, en línea: https://nisgua.org/quesada-consultation/, consultado 8 de octubre de 2021
CCNM, “La consulta previa, libre e informada en la jurisprudencia guatemalteca”, 2017, en línea: https://convergenciawaqibkej.files.wordpress.com/2018/02/consulta-libre-informada-j-g-20171.pdf, consultado el 8 de octubre de 2021
Asociación de Investigación y Estudios Sociales, “La consulta previa, libre e informada en fallos constitucionales”, diciembre de 2020, en línea: http://asies.org.gt/pdf/la_consulta_previa,_libre_e_informada_en_fallos_constitucionales.pdf, consultado el 29 de septiembre de 2021